Son funciones de la Dirección de Sanciones, las siguientes:
- Evaluar la documentación proveniente de las actividades de supervisión y fiscalización por presuntas infracciones a la normativa en materia de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), industria, cooperativas y comercio interno;
- Resolver en primera instancia el procedimiento administrativo sancionador;
- Dictar medidas cautelares u otras medidas previstas por el ordenamiento legal destinadas a garantizar la futura ejecución de las resoluciones sancionadoras;
- Administrar el Registro de Sanciones en materia de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), industria, cooperativas y comercio interno;
- Resolver las solicitudes relacionadas al régimen de incentivos, fraccionamiento de pago de multas, y otros beneficios, de acuerdo a la normatividad vigente;
- Tramitar los recursos de apelación interpuestos contra los actos administrativos, para su remisión a la instancia competente;
- Remitir información a las instancias correspondientes, para que procedan a la ejecución de las sanciones administrativas impuestas, sobre aquellas resoluciones que hayan quedado consentidas o tengan la calidad de acto firme;
- Emitir opinión técnica, en el marco de sus competencias; y,
- Otras funciones que le asigne el/la Director/a General de Supervisión, Fiscalización y Sanción y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.