Presentación

La Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas, es el órgano de línea, con autoridad técnica a nivel nacional, responsable de promover el uso sostenible de los recursos hidrobiológicos, la protección del ambiente, la adaptación y mitigación de los efectos del cambio climático en las actividades pesqueras y acuícolas.

Depende del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura. (Art. 90)

Funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas

  • Presentar a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura propuestas de normas y lineamientos en materia ambiental, cambio climático y biodiversidad para el desarrollo de las actividades pesqueras y acuícolas;
  • Proponer o aprobar, cuando corresponda, mecanismos, instrumentos, directivas y procedimientos, en materia de sus competencias y supervisar su implementación;
  • Proponer y realizar el seguimiento a la implementación de instrumentos de gestión ambiental, para el mejoramiento de la ecoeficiencia en las actividades pesqueras y acuícolas, en el marco de la normatividad vigente.
  • Proponer mecanismos e instrumentos para velar que el desarrollo de las actividades pesqueras y acuícolas guarden armonía con el ambiente y la biodiversidad, en coordinación con los órganos del Ministerio y sus organismos públicos adscritos, según corresponda;
  • Proponer e implementar la regulación del uso de la biotecnología y de los recursos hidrobiológicos, en el marco de la normatividad vigente;
  • Autorizar el acceso a los recursos genéticos, sus productos derivados o sintetizados u otros elementos comprendidos de origen hidrobiológico, en el marco de la normatividad vigente y en coordinación con el sector competente;
  • Otorgar, modificar, suspender, cancelar o denegar los registros y autorizaciones, cuando corresponda, de organismos vivos modificados de origen hidrobiológico, sus productos derivados, o los organismos que lo contengan, en el marco de la normativa vigente y de los convenios suscritos por el Estado;
  • Desarrollar y coordinar acciones vinculadas a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES, en coordinación con la Autoridad Científica CITES, así como aquellas relacionadas sobre corregir la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS), conforme a la normativa vigente;
  • Promover la gestión ambiental, el fortalecimiento de la educación y cultura ambiental para el desarrollo sostenible y la participación ciudadana en las actividades pesqueras y acuícolas;
  • Conducir el proceso de evaluación de impacto ambiental de los proyectos pesqueros y acuícolas, en el marco normativo vigente;
  • Emitir opinión técnica previa a la aprobación de los estudios ambientales e Instrumentos de Gestión Ambiental de otros sectores, en el marco de sus competencias;
  • Supervisar las evaluaciones y monitoreo ambientales de los ecosistemas marinos y continentales y de las actividades pesqueras y acuícolas;
  • Remitir al órgano rector del Sistema Nacional de Información Ambiental la información referida a las actividades pesqueras y acuícolas, conforme al marco normativo;
  • Administrar el registro de personas naturales o jurídicas autorizadas para la elaboración de estudios ambientales, y de los laboratorios que realizan monitoreo ambiental;
  • Emitir opinión sobre los protocolos y convenios vinculados a la gestión ambiental, cambio climático y biodiversidad en las actividades pesqueras y acuícolas, en el marco de sus competencias;
  • Conducir y supervisar programas de capacitación y asistencia técnica a otros niveles de gobierno y agentes vinculados, en el marco de sus competencias;
  • Proponer mecanismos para la generación de información ambiental de las actividades pesqueras y acuícolas;
  • Expedir resoluciones directorales en asuntos de sus competencias, autenticar las copias que se soliciten, y administrar el registro, numeración, distribución y custodia de las mismas;
  • Proponer la aplicación de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) para la aprobación de los instrumentos de planificación estratégica del sector (política, planes y programas), que generen implicancias ambientales significativas, conforme a la normativa vigente; y otras funciones que le asigne el/la Viceministro/a de Pesca y Acuicultura y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.

La Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas - DGAAMPA, para el cumplimiento de sus funciones principales, cuenta con la siguientes Unidades Orgánicas (Art. 92)

  • Dirección de Gestión Ambiental – DIGAM.
  • Dirección de Cambio Climático y Biodiversidad Pesquera y Acuícola – DCCBPA.

 

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