La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Control se encarga de velar por las buenas prácticas de la extracción y consumo de especies marinas en todo el litoral costero. Se divide en tres direcciones especializadas.
Funciones de la Dirección de Supervisión y Fiscalización:
- Formular planes, programas o proyectos de supervisión y fiscalización en materia pesquera y acuícola de alcance nacional, en coordinación con los otros niveles de gobierno y entidades públicas.
- Velar porque los extractores y consumidores cumplan la normativa pesquera a través de los inspectores que se encuentran en todo el país.
- Dictar y ejecutar medidas en materia pesquera y acuícola, implementando modalidades de compromisos.
- Formular e implementar opinión técnica.
Funciones de la Dirección de Vigilancia y Control:
- Formular y ejecutar, programas y proyectos de control y vigilancia de actividades de supervisión y fiscalización en materia de pesca y acuicultura al alcance nacional.
- Administrar, operar y desarrollar herramientas tecnológicas relacionadas con el control de vigilancia de las actividades de supervisión y fiscalización en materia de pesca y acuicultura de alcance nacional.
- Controlar y vigilar el cumplimiento de normas, lineamientos, directivas y los procedimientos que regulan las actividades de supervisión y fiscalización pesquera y acuícola.
- Atender y derivar las consultas y denuncias presentadas en el ámbito de las actividades pesqueras y acuícolas.
- Implementar programas de capacitación y asistencia técnica a niveles de gobierno y agentes vinculados.
- Emitir opinión, en el marco sus competencias.
Funciones de la Dirección De Sanciones:
- Evaluar la documentación de las actividades de supervisión y fiscalización, a la normativa pesquera y acuícola.
- Resolver el procedimiento administrativo sancionador.
- Administrar sanciones en materia pesquera y acuícola.
- Resolver las solicitudes relacionadas, fraccionamiento de pago de multas, otros beneficios de acuerdo a la normativa vigente.
- Gestionar los recursos administrativos, para su remisión a la instancia competente.
- Informar al as instancias a la ejecución de las sanciones administrativas impuestas.
- Emitir opinión técnica.